Caso 1
¿Qué
respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se basaría?
La respuesta
que le diaria Federico seria que todo aprendiz
tiene un derecho a tener un carnet que lo represente como estudiante del SENA.
Porque Federico en este caso está cometiendo una falta lo cual en el reglamento
SENA le indica que debe portar un carnet por lo cual si lo a perdido debe solicitar
un nuevo carnet.
Derechos del aprendiz SENA
Recibir en
el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como
Aprendiz del SENA.
Disfrutar de
los beneficios de bienestar al aprendiz SENA orientados a garantizar la
formación integral, conforme a la normatividad que rija este tema en el SENA.
Respetar el
derecho al debido proceso en caso de ser investigado con observancia de las normas
establecidas en este reglamento
MEDIDAS FORMATIVAS Y SANCIONES
Medidas Formativas.
Las medidas
formativas son aquellas acciones que se aplican al Aprendiz SENA cuando se
trate de hechos que contraríen en menor grado el orden académico o
disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o que se
adopta con el fin de prevenir su ocurrencia, o con el fin de generar cambios en
el desempeño académico o en el comportamiento disciplinario del Aprendiz.
Caso 3
¿En qué
capítulo y en qué artículos se debe apoyar el representante para que los
aprendices identifiquen sus faltas?
MEDIDAS FORMATIVAS Y SANCIONES
ARTÍCULO 27.
Medidas Formativas. Las medidas formativas son aquellas acciones que se
Aplican al Aprendiz SENA cuando se trate de hechos que contraríen
en menor grado el orden Académico o
disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o que se
adopta Con el fin de prevenir su ocurrencia, o con el fin de generar cambios en
el desempeño académico o en el comportamiento disciplinario del Aprendiz.
SANCIONES:
ARTÍCULO 28.
Sanciones. Las sanciones son las medidas adoptadas por el SENA ante una
Falta
académica o disciplinaria; tienen cobertura nacional en la Institución y deben
registrarse en
El sistema
de gestión de la formación. La sanción que se imponga al Aprendiz debe ser
proporciona la gravedad de la falta
¿Qué dice
dicho reglamento frente a la responsabilidad de los datos básicos actualizados?
Estas
sanciones deben ser registradas en el sistema de gestión de la formación y en
caso de
Que el
Aprendiz tenga contrato de aprendizaje, debe adicional mente registrarse en el
Sistema.
De Gestión
Virtual de Aprendices e informársele a la respectiva empresa.
Las
sanciones que pueden imponerse por faltas académicas o disciplinarias son:
a. Llamado
de atención escrito: Medida sancionatoria que se impone a través de
comunicación escrita dirigida por el Coordinador Académico o de Formación del
Centro al Aprendiz, con copia a la hoja de vida, como resultado del
procedimiento establecido en este Reglamento, por la falta académica o
disciplinaria cometida por un aprendiz. Los llamados de atención escrito implican
compromisos escritos por parte del aprendiz en el proceso de formación.
b. Condicionamiento
de la matrícula: Acto académico sancionatorio que se impone al Aprendiz que
incurra en una falta académica o disciplinaria, previo agotamiento del
procedimiento Establecido en este Reglamento.
¿Están obligados lo aprendices a
participar en la visita técnica? ARTÍCULO 38.
Calidades del Representante de Centro. Es el Aprendiz que en consideración a su
comportamiento, liderazgo, actitud crítica, competencia innovadora, buen
rendimiento en su proceso de formación y propuestas para el desarrollo o
mejoramiento del Centro, resulte electora través de elección popular como parte
del ejercicio del voto de los aprendices en proceso de formación del respectivo
Centro
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